¿Conviene hacer un convenio con Tesorería o pedir la prescripción de la deuda?

Por Juan Pablo Miranda C., Director Ejecutivo de Defensa Impuestos. Revisado por el equipo de abogados del estudio. Actualizado el .

RESPUESTA CORTA

Depende de la antigüedad de cada folio, y el orden importa: firmar un convenio es reconocer la deuda por escrito, lo que interrumpe la prescripción de todos los folios que entren en él. Por eso, antes de firmar hay que revisar qué parte de la deuda ya está prescrita. Lo habitual es que convenga una combinación: prescribir los folios antiguos y hacer convenio solo por el saldo vigente.

Comparación rápida

Convenio de pagoPrescripción
Qué haceOrdena la deuda en cuotas y suspende el cobroExtingue la acción de cobro de los folios prescritos
Efecto sobre el plazoInterrumpe la prescripción (reconocimiento escrito)No aplica
TiempoInmediato, al pagar el pieMeses; requiere juicio o trámite
RiesgoSi caduca, se reanuda el cobro por todoSi un folio estaba interrumpido, se pierde en ese folio
Sirve paraDeuda reciente o urgencia por embargoDeuda antigua sin gestiones válidas de cobro

Las estrategias que usamos

  • Prescribir: cuando la mayor parte de la deuda es antigua y no hay embargos en curso.
  • Prescribir y después convenir el saldo: se elimina primero lo prescrito y el convenio se firma solo por lo que queda, con un pie y cuotas mucho menores.
  • Escalonada: convenio inmediato por los folios vigentes para frenar un embargo, dejando fuera del convenio los folios antiguos, que se demandan aparte.
  • Solo convenio: cuando la deuda es reciente y no hay nada que prescribir. En ese caso lo que se cuida es la condonación de intereses y multas.

Si ya firmaste un convenio

No todo está perdido. El convenio interrumpió el plazo en la fecha en que se firmó. Si caducó hace años y desde entonces no hubo gestiones válidas de cobro, esos folios pueden estar prescritos de nuevo. Y si el convenio se firmó cuando el plazo ya estaba cumplido, se discute si hubo o no una renuncia a la prescripción: es un punto que se alega caso a caso.

Lo que vemos en la práctica

La cartola de la Tesorería no sirve para descartar convenios anteriores: hemos visto cartolas que muestran «0 convenios caducados» de contribuyentes que tuvieron dos. Por eso siempre preguntamos al titular por sus convenios y pedimos las resoluciones, en vez de confiar en lo que muestra la pantalla.

Preguntas relacionadas

¿Puedo dejar folios fuera del convenio?

En muchos casos sí: el convenio se hace sobre los folios que se seleccionan. Es justamente lo que permite convenir lo vigente y demandar la prescripción de lo antiguo.

Tengo un embargo encima, ¿alcanzo a prescribir?

Si hay un remate con fecha, lo urgente es frenarlo, y el convenio por la parte vigente suele ser la vía más rápida. La prescripción del resto se tramita en paralelo.

Base legal y fuentes

Información general y referencial; no constituye asesoría legal. Las condiciones de convenios y condonaciones las fija la Tesorería y pueden cambiar. Cada caso debe ser analizado con sus antecedentes.

Sobre el autor

Juan Pablo Miranda C.

Director Ejecutivo de Defensa Impuestos. Ingeniero comercial, diplomado en Ley 20.720. Defensa Impuestos es un estudio jurídico de Providencia, Santiago, dedicado a deudas con la Tesorería General de la República y el SII. Conoce al equipo.

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